Las personas naturales con negocio o personas jurídicas que generan rentas de tercera categoría y pertenecen al Régimen General, Régimen Especial de Renta o Régimen Mype Tributario y están obligadas a emitir comprobantes de pago electrónicos (CPE) deben contar con un servicio (PSE)
De acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 044-2019/SUNAT, a partir del 1 de julio de 2023, todos los contribuyentes, que para la fecha: 31 de diciembre de 2022, cuentan con la condición de PRICO, además que sus ingresos del 2021 sean iguales o superiores a 300 UIT, están en la obligación de contratar un servicio de Operador de Servicios Electrónicos (OSE).